lunes, 24 de agosto de 2009

Quien no se inventa un Dios
carece de esperanza
y de sapiencia

engordará su pobreza
al ignorar la fórmula secreta:

creer es crear
crear es vencer
el miedo que tú me das

tú: refugio de imperfección
la vecina
el futuro
o el enigma de la vida

sábado, 15 de agosto de 2009

caraquiando el silencio


30 de Julio 2009. Luisa Ortega Díaz, la Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela presentó un proyecto de ley de delitos mediáticos.

Articulo 4. Definición de delitos mediáticos. Constituyen delitos mediáticos, las acciones u omisiones que lesionen el derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, que atenten contra la paz social, la seguridad e independencia de la nación, el orden público, estabilidad de las instituciones del Estado, la salud mental o moral pública, que generen sensación de impunidad o de inseguridad y que sean cometidas a través de un medio de comunicación social.

Artículo 5. Divulgación de noticias falsas. Toda persona que divulgue a través de un medio de comunicación social, noticias falsas que ocasionen una grave alteración a la tranquilidad pública, pánico en la población, la hubieren mantenido en zozobra, que haya alterado el orden público, que hubieren producido un perjuicio a los intereses del Estado, será castigada con una pena de prisión de dos a cuatro años.





31 de Julio.
Diosdado Cabello, director de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), anunció el cierre de 34 emisoras de radio.

(El proyecto de ley provoca su rechazo en Venezuela y es condenado por la comunidad internacional.)

6 de Agosto de 2009.
La Asamblea Nacional (AN) DETIENE/DESCARTA/ARCHIVA proyecto de ley de delitos mediáticos.

"La Ley que era propuesta por la Fiscal del Ministerio Público no tuvo consenso y no es proyecto de Ley que esté en nuestra agenda legislativa". (Cilia Flores, presidenta de la AN)

13 de Agosto de 2009. Es aprobada la nueva Ley Orgánica de Educación


Artículo 50/12. Quienes dirijan medios de comunicación social están obligados a prestar su cooperación a la tarea educativa y ajustar su programación para el logro de los fines y objetivos consagrados en la Constitución y en la presente ley. Se prohibe la publicación y divulgación de impresos y otras formas de comunicación social que produzcan terror en los niños, inciten al odio, a la agresividad, la indisciplina, deformen el lenguaje y atenten contra los sanos valores del pueblo venezolano, la moral y las buenas costumbres, la salud mental y física de la población; en caso de infracción de éstos, los órganos rectores en materia de educación solicitarán a la autoridad correspondiente la suspensión inmediata de las actividades o publicaciones de que se trate, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones contenidas en el ordenamiento jurídico venezolano.

13 de Agosto de 2009. Doce periodistas de la Cadena Capriles fueron agredidos cuando se manifestaban en Caracas en contra de la nueva Ley Orgánica de Educación.



continuará...